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Fiscalía Suprema de Control Interno

Presentación

 
 

 

La Fiscalía Suprema de Control Interno, es el órgano encargado del control disciplinario y de la evaluación permanente de la función y servicio fiscal, para mantener los niveles de eficacia, transparencia y probidad en el accionar del Ministerio Público.

La Fiscalía Suprema de Control Interno, cuenta con 33 Oficinas Desconcentradas de Control Interno a nivel nacional, quienes cumplen la misma labor contralora en cada Distrito Fiscal, y forma parte de sus funciones, la investigación preliminar y el proceso disciplinario a Fiscales Adjuntos Provinciales, Fiscales Provinciales y Fiscales Adjuntos Superiores, sean titulares o provisionales; las investigaciones y procesos disciplinarios contra Fiscales Superiores y Fiscales Adjuntos Supremos, le corresponde directamente a la Fiscalía Suprema de Control Interno.

 

 

 

Nosotros

¿Qué es la FSCI?

Es el órgano encargado del control disciplinario y de la evaluación permanente de la función y servicio fiscal, para mantener los niveles de eficacia, transparencia y probidad en el accionar del Ministerio Público.

La Fiscalía Suprema de Control Interno, cuenta con 33 Oficinas Desconcentradas de Control Interno a nivel nacional, quienes cumplen la misma labor contralora en cada Distrito Fiscal, y forma parte de sus funciones, la investigación preliminar y el proceso disciplinario a Fiscales Adjuntos Provinciales, Fiscales Provinciales y Fiscales Adjuntos Superiores, sean titulares o provisionales; las investigaciones y procesos disciplinarios contra Fiscales Superiores y Fiscales Adjuntos Supremos, le corresponde directamente a la Fiscalía Suprema de Control Interno.

MISIÓN Y VISIÓN

MISIÓN 

Prevenir, sancionar y erradicar la incidencia de infracciones disciplinarias, para así generar confianza en la ciudadanía y coadyuvar al empoderamiento y fortalecimiento del Ministerio Público como parte del Sistema de Justicia del Perú. 

VISIÓN 

Ser reconocido como un Órgano de Control Disciplinario que inspira confianza y contribuye a la recta administración de justicia.


OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

  • Prevenir la incidencia de infracciones disciplinarias.
  • Actuar inmediatamente ante cuestionamientos al ejercicio de la función fiscal.
  • Investigar y resolver con la debida diligencia las quejas por presuntas infracciones disciplinarias.
  • Fortalecer la gestión de las Oficinas Desconcentradas de Control Interno de todo el país.
  • Difundir las acciones de prevención y sanción de inconductas funcionales.

ORGANIGRAMA

 

   

Oficinas desconcentradas

¿Qué son las ODCIs?

Son órganos de la Fiscalía Suprema de Control Interno del Ministerio Público, que cumple funciones de control a nivel de su Distrito Fiscal, velando por el buen desempeño de la función fiscal, así como por una correcta y adecuada conducta funcional de los mismos.

Conformación

Las Oficinas Desconcentradas de Control Interno del Ministerio Público se encuentran a cargo de un Fiscal Superior en actividad, designado por la Junta de Fiscales Supremos a propuesta del Jefe de la Fiscalía Suprema de Control Interno, cuya designación podrá ser a dedicación exclusiva en los casos en que la carga procesal lo amerite y cuya competencia se extiende a las Fiscalías comprendidas bajo su jurisdicción, establecidas por el presente Reglamento.

Competencia Territorial

En cada Distrito Fiscal funciona una Oficina Desconcentrada de Control Interno, a cargo de un Fiscal Superior. El Fiscal Supremo de Control Interno puede proponer a la Junta de Fiscales Supremos la creación y/o fusión de dos o más Oficinas Desconcentradas de Control Interno, según las necesidades del servicio.

Funciones de las ODCIs

Tiene las siguientes funciones:

  • Planificar y organizar el trabajo de la Oficina Desconcentrada de Control Interno a su cargo, así como efectuar evaluaciones semestrales de la labor realizada dando cuenta de los resultados a la Oficina Central.
  • Conocer de las quejas y/o denuncias propias de su competencia.
  • Programar las visitas a las diferentes fiscalías de su jurisdicción.
  • Planificar y ejecutar en el ámbito territorial de su competencia, las acciones destinadas a la erradicación de la corrupción en la administración de justicia.
  • Iniciar investigación por mandato de la Oficina Central de Control Interno, o de oficio cuando tome conocimiento de irregularidades cometidas en el ejercicio de la función.
  • Imponer en primera instancia, las sanciones de amonestación, multa y suspensión.
  • Proponer a la Oficina Central la medida de abstención en el ejercicio de la Función Fiscal; así como la sanción definitiva de destitución, cuando fuere aplicable en los casos bajo su conocimiento.
  • Las demás que señale la ley.

Organigrama

 

OFICINAS DESCONCENTRADAS DE CONTROL INTERNO

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE LIMA

Fiscal Superior

 Dr. GERMANA MATTA, LUIS ALBERTO (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DEL DISTRITO FISCAL DE LIMA ESTE

Fiscal Superior

Dra. HERNANDEZ MIRANDA, EDITH (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE LIMA NORTE

Fiscal Superior

Dra. PERATA ARGOMEDO, ELSA VICTORIA (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE LIMA SUR

Fiscal Superior

Dr. GARCIA CANO, TONY WASHINGTON (P)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DEL CALLAO

Fiscal Superior

Dr. LOZADA IBAÑEZ, Roberto Eduardo (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE AMAZONAS

Fiscal Superior

Dr. ZAMORA NUÑEZ, Juan (P) 

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE ANCASH

Fiscal Superior

Dra. RODRIGUEZ ORMAECHE, Aura Violeta (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE APURIMAC

Fiscal Superior

Dr. CACERES TORRES, Williams Richard (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE AREQUIPA

Fiscal Superior

Dr. ALEJO MANZANO, Ciro (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE AYACUCHO

Fiscal Superior

Dr. PARRA RODRIGUEZ, Rigoberto Basilio (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE CAJAMARCA

Fiscal Superior

Dra. DAVILA GABRIEL, Germán Leocadio (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DEL DISTRITO FISCAL DE CAÑETE

Fiscal Superior

Dra. ORTIZ ZAVALETA, Giuliana Yanina (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DEL CUSCO

Fiscal Superior

Dra. VENERO ZEGARRA DE MONTEAGUDO, Griselda (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE HUANCAVELICA

Fiscal Superior

Dra. DE LA CRUZ HORNA, Aurorita Georgina (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE HUANUCO

Fiscal Superior

Dr. CERRON UCEDA, Amadeo (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE HUAURA

Fiscal Superior

Dr. SOLORZANO COSAR, Raúl (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE ICA

Fiscal Superior

Dra. PALOMINO VILLAVERDE, Alicia Balbina (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE JUNIN

Fiscal Superior

Dr. MORENO HUACCHO, Alberto Vicente (P)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE LAMBAYEQUE

Fiscal Superior

Dr. LAMADRID UBILLUS, ALEJANDRO (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE LA LIBERTAD

Fiscal Superior

Dra. VEGA LUJAN, Rosa María (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE LORETO

Fiscal Superior

Dr. RIVAS DELGADO, Raúl (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE MADRE DE DIOS

Fiscal Superior

Dra. CHAMBILLA CHIRINOS, Karina (P)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE MOQUEGUA

Fiscal Superior

Dr. GOMEZ VALENCIA, Paúl Antonio (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE PASCO

Fiscal Superior

Dr. TUCTO RODIL, Carlos (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE PIURA

Fiscal Superior

Dra. CAMPOS HIDALGO, Faviola Susana (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE PUNO

Fiscal Superior

Dra. PANTIGOZO MEZA, Sofía Gaby (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE SAN MARTIN

Fiscal Superior

Dr. CUEVA VILLANUEVA, Ismael Elvis (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DEL SANTA

Fiscal Superior

Dra. CARRASCO CHAPOÑAN, Aura Violeta (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DEL DISTRITO FISCAL DE SULLANA

Fiscal Superior

Dr. AGUILAR COSME, César Rodolfo (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DEL DISTRITO FISCAL DE TACNA

Fiscal Superior

Dr. MACEDO DUEÑAS, Helard Hipólito (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DEL DISTRITO FISCAL DE TUMBES

Fiscal Superior

Dr. VASQUEZ RAMIREZ, Wilson Alexy (P)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE UCAYALI

Fiscal Superior

Dr. TICONA FLORES, Sebastián Pedro (T)

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL INTERNO DE VENTANILLA

Fiscal Superior

Dr. TIBURCIO HUERTAS, Oscar Javier (P)

Resoluciones

A lo largo del presente año, la Fiscalía Suprema de Control Interno por denuncia de los ciudadanos o de oficio ha realizado una serie de investigaciones sobre presuntas inconductas funcionales de fiscales. Acá le presentamos las resoluciones que esta Fiscalía Suprema ha emitido en los casos ya resueltos:

Año 2018

Resolución Caso Sumilla PDF
Res. N° 1933-2018-MP-FN-FSCI  846-1-2018 Por Resolución N° 1933-2018-MP-FN-FSCI de fecha 26 de Diciembre del 2018, se Resolvió: Disponer la medida Cautelar de Apartamiento en el ejercicio de la Función Fiscal del abogado Elio Abel Concha Calla.  
Res. N° 1932-2018-MP-FN-FSCI  846-2018 Por Resolución N° 1932-2018-MP-FN-FSCI de fecha 26 de Diciembre del 2018, se Resolvió: Abrir Procedimiento Disciplinario de Oficio contra Elio Abel Concha Calla.  
Res. N° 1540-2018-MP-FN-FSCI  128-1-2018 La Fiscalía Suprema de Control Interno ha decidido APROBAR la propuesta de APARTAMIENTO formulada por la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Callao y DISPONER LA MEDIDA DE APARTAMIENTO EN EL CARGO – ejercicio de la función fiscal – contra el abogado EDGARD JUSTO ESPINOZA CASAS, en su actuación como fiscal provincial Titular del Segundo Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, EXTENDIÉNDOSE dicha medida hasta por un plazo de SEIS (6) MESES.  

 

Año 2016

 

Servicios

1. Atención al usuario:

 
La Fiscalía Suprema de Control Interno cuenta con una Oficina de Atención al Usuario, que se constituye en una unidad encargada de orientar al público usuario sobre la presentación de sus quejas contra magistrados del Ministerio Público. Excepcionalmente, resuelve en forma inmediata los reclamos que no ameritan investigación disciplinaria.
 
 

2. Presentación de quejas:

 

¿EN QUÉ CASOS PROCEDE LA QUEJA CONTRA FISCALES?

La queja es un cuestionamiento al adecuado ejercicio de la función fiscal por parte de magistrados titulares o provisionales, que constituyen infracciones disciplinarias (*) conforme a la Ley de la Carrera Fiscal.

(*) Las infracciones disciplinarias se encuentran taxativamente señaladas en los artículos 45°, 46° y 47° de la Ley de la Carrera Fiscal

Por ejemplo:

- Incurrir en negligencia en el cumplimiento de los deberes propios de su cargo, establecidos en esta Ley, cuando no constituyan falta grave o muy grave.

- El fiscal que causa grave perjuicio al desarrollo de las incidencias y diligencias del proceso, frustrando o retrasando injustificadamente la realización de los actos procesales.


¿EN QUÉ CASOS NO PROCEDE LA QUEJA CONTRA FISCALES?

- Cuando haya prescrito o caducado la acción disciplinaria.

- Cuando el hecho materia de la queja haya adquirido el estado de cosa decidida.

- Cuando no exista conexión lógica entre los hechos y el petitorio.

- Cuando se carezca de legitimidad e interés para obrar.

- Cuando esté dirigida a cuestionar el fondo de las decisiones funcionales.

 

REQUISITOS DEL ESCRITO DE QUEJA

- Nombre y documento de identidad del quejoso, apoderado o representante, con precisión de su domicilio real y/o procesal.

- Nombre y cargo del Fiscal quejado.

- Relato de los hechos que sustentan la queja, con precisión de la fecha de su ocurrencia y expediente que la motiva, de ser el caso.

- Ofrecimiento de los medios probatorios que sustentan la queja y/o indicación del lugar o expediente donde se encuentren.

- Firma o impresión digital del quejoso, apoderado o representante.


¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO ADJUNTAR A LA QUEJA?

- Copia de DNI.

- Prueba documental.

- Copia de la queja y anexos enumerados, por cada persona comprendida en su escrito, suficientes para la notificación del quejado.

 

 

3. ¿Cómo solicitar un Reporte de Récord de Quejas?


Presentar una solicitud en mesa de partes del Distrito Fiscal que le corresponda, adjuntando Voucher de pago en Banco de la Nación (*).

(*) El pago es de S/1.10 por página. Consultar previamente el número de páginas en mesa de partes.

 

 

Reseña Histórica

Con la promulgación de la Ley Orgánica del Ministerio Público - Decreto Legislativo N° 052-1981, aún sin el reconocimiento de la nomenclatura de “Control Interno”, se crea la Oficina de Quejas y Denuncias, unidad administrativa que estuvo encargada del procedimiento investigatorio respecto a la inconducta funcional de los magistrados, cuyas funciones estuvieron reguladas por su reglamento, aprobado tres años después, por Resolución N° 509-84-MP-FN, de fecha 22 de junio de 1984, modificado por las Resoluciones N° 607-84-MP-FN y Nº 610-89-MP-FN.

El crecimiento de la institución y un mejor servicio a la sociedad demandaba una estructuración y articulación de la función contralora que la hiciera más eficiente y consolidada; fue así que el año 1993, mediante el Decreto Supremo Nº 009-93-JUS de fecha 05 de abril de 1993, quedó instituida la FISCALÍA SUPREMA DE CONTROL INTERNO como órgano de control, norma legal que al haber entrado en vigencia al día siguiente de su publicación, fijó el nacimiento institucional de esta Fiscalía Suprema, habiendo transcurrido desde entonces, 26 años de una historia que hoy se sigue construyendo.

Respecto a los reglamentos que han regido la función, se tiene el primer Reglamento de Organización y Funciones de la Fiscalía Suprema de Control Interno, aprobado por Resolución N° 296-96-MP-FN-CEMP, de fecha 11 de octubre de 1996, resaltando dentro de sus capítulos, la creación de Comisiones en la sede central y las Comisiones Distritales Descentralizadas de Control Interno a nivel nacional y la delimitación de funciones de sus áreas de apoyo; dos años más tarde, este reglamento fue sustituido por el reglamento aprobado mediante Resolución N° 337-98-MP-CEMP, de fecha 24 de abril de 1998, el que fue posteriormente modificado por el reglamento aprobado por Resolución Nº 726-98-MP-CEMP, de fecha 11 de noviembre de 1998.

Seis años más tarde, la Junta de Fiscales Supremos, expidió la Resolución N° 01-2004-MP-FN-JFS, aprobando un nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Fiscalía Suprema de Control Interno, modificado por las Resoluciones N° 05-2004-MP-FN-JFS y Nº 15-2004-MP-FN-JFS, que incluyó la participación de la Sociedad Civil; y, finalmente, mediante Resolución Nº 071-2005-MP-FN-JFS, publicada en el Diario Oficial el Peruano el 09 de noviembre de 2005, se aprobó el nuevo y aún vigente Reglamento de Organización y Funciones de Control Interno.

 

- ACCIONES Y RESULTADOS 2019 - FSCI (VER PDF)

 

- SANCIONES - FSCI 

 







 

- ACCIONES Y RESULTADOS 2020 - FSCI



ACCIONES Y RESULTADOS - NIVEL NACIONAL (VER PDF)





De acuerdo al Plan institucional de Lucha contra la Corrupción del Ministerio Público Primer Semestre 2021


 ACCIONES Y RESULTADOS - NIVEL NACIONAL (VER PDF)
SANCIONES IMPUESTAS POR LA FISCALÍA SUPREMA DE CONTROL INTERNO (VER PDF)
 SANCIONES IMPUESTAS POR LAS OFICINAS DESCONCENTRADAS EN PRIMERA INSTANCIA (VER PDF)
 SANCIONES IMPUESTAS POR LAS OFICINAS DESCONCENTRADAS EN SEGUNDA INSTANCIA POR LA FSCI (VER PDF)
  FSCI - ACCIONES Y RESULTADOS 2021-2 (VER PDF)

NIVEL NACIONAL - ACCIONES Y RESULTADOS 2021-2

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